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Agencia Digital de Andalucía

 

En la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021 se crea la Agencia Digital de Andalucía, en lo sucesivo Agencia, que aglutina los servicios TIC de todas las Consejerías, Agencias Administrativas y de Régimen Especial, con excepción del Servicio Andaluz de Salud, de la Administración Autonómica Andaluza, la Junta de Andalucía.

La Agencia tiene como fines:

  • La definición y ejecución de los instrumentos de tecnologías de la información, telecomunicaciones, ciberseguridad y gobierno abierto y su estrategia digital, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias administrativas y sus agencias de régimen especial.
  • La definición y coordinación de las políticas estratégicas de aplicación y de seguridad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito del sector público andaluz no incluido en el párrafo anterior, incluyéndose los consorcios referidos en el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, así como la ejecución de los instrumentos comunes que las desarrollen y la definición y contratación de bienes y servicios de carácter general aplicables.

La digitalización es una de las prioridades para la Junta de Andalucía, que actualmente se encuentra inmersa en un proceso de transformación liderado por la Agencia. En esta línea, la tecnología en el desarrollo software es uno de los pilares que debe apoyar, simplificar y agilizar las iniciativas asociadas a los grandes ejes de actuación.

La Agencia ha arrancado una iniciativa para el Gobierno del Desarrollo Software en la Junta de Andalucía, que tiene tres ejes de actuación:

  1. Definir una autoridad responsable del diseño y gobierno de las arquitecturas de soluciones tecnológicas en el desarrollo software en la Agencia, que se ha fijado en la subdirección de Estrategia, Planificación y Ciberseguridad, y más concretamente en el Servicio de Gobierno TI y Calidad.
  2. Impulsar las prácticas DevSecOps y las metodologías ágiles en el desarrollo software.
  3. Controlar y asegurar la calidad del software, mediante un modelo único.

Para desarrollar el diseño y gobierno de las arquitectura de soluciones tecnológicas, la Agencia ha aprobado un Marco estratégico donde partiendo de los antecedentes, se define el propósito y unos principios, los objetivos, las líneas de actuación para desarrollarlos, y una gobernanza.

El objeto de este Portal de Internet Específico de la Junta de Andalucía, creado mediante la Orden de 16 de Octubre de 2024, publicada en el BOJA nº 205 de 21 de Octubre de 2024, es ofrecer el punto único oficial de acceso en el gobierno de arquitectura de soluciones en el desarrollo software, donde consultar toda la información y recursos corporativos disponibles para los diseñadores y desarrolladores de software en la construcción de servicios digitales en la Junta de Andalucía, incluyendo aquellas normas de obligado cumplimiento que vincularán a los adjudicatarios de contratos de desarrollo de software y de servicios TIC relacionados, y que deben estar accesibles, durante su licitación, en la fase de presentación de ofertas.

Mediante este portal, se facilitará por tanto toda la información y recursos técnicos disponibles, necesarios para la optimización de recursos y la reutilización en el desarrollo de software en la Junta de Andalucía: soluciones, arquitecturas, normas, estándares, metodologías, guías, frameworks, herramientas, plataformas, componentes, etc.

Se trata de un Portal técnico orientado principalmente a los profesionales que participan en el desarrollo de sistemas de información, tanto empleados públicos como empresas proveedoras de servicios tecnológicos.

Al ser la Agencia de reciente creación, este Portal irá creciendo en contenido conforme se vayan definiendo y promoviendo las soluciones, arquitecturas, normas, estándares, metodologías, guías, frameworks, herramientas, plataformas, componentes, etc corporativos en la Agencia.

Por lo tanto, en la situación actual, y mientras no exista una normativa corporativa en una materia, convivirán con las que puedan existir en las consejerías y entidades, las cuales deberán ir desapareciendo conforme se aprueben y publiquen las correspondientes en este Portal.