HRE

Herramienta de Remisión de Expedientes

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Guía rápida

El artículo 37.4 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia establece que los expedientes y demás actuaciones que deban ser remitidos por otras Administraciones y organismos públicos deberán realizarse en todo caso por vía electrónica, cumpliendo los requisitos previstos en el Esquema Nacional de Interoperabilidad.

 

La Herramienta de Remisión de Expedientes tiene como finalidad:

  • Recepcionar desde los requerimientos de remisión procedentes de los órganos judiciales.
  • Atender dichos requerimientos aportando el expediente o documentos requeridos. 
  • La HRE realiza una doble remisión: al órgano judicial requirente y al Gbte Jurídico de la Junta de Andalucía.

 

¿En qué consiste?

Los elementos involucrados en una remisión son los siguientes:

  1. Requerimiento remitido por el órgano judicial. Debe contener la información identificativa (en particular, el NIG) necesaria para realizar la remisión. Actualmente se remite en soporte papel. Está previsto que se remitan directamente desde el sistema de gestión procesal al Registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía. Los requerimientos podrán ser de remisión de expedientes completo o bien de remisión documentación.
  2. Expediente electrónico: En formato ENI, índice electrónico firmado y documentos electrónicos ENI. Alternativamente, colección de ficheros PDF.
  3. Documento de incidencia. Opcional. Documento electrónico ENI en el cual se expresan circunstancias sobre el expediente, documentación que se remite en soporte papel por no resultar posible su digitalización, etc. según estime oportuno el organismo.
  4. Oficio de remisión. Documento generado automáticamente por la HRE. Es el documento administrativo mediante el cual se responde formalmente al requerimiento.
  5. Justificante de la remisión. PDF generado por la herramienta. Debe ser custodiado por el organismo remitente. Se genera un justificante de la remisión al órgano judicial y otro justificante de la remisión al Gabinete Jurídico.

Los elementos 2, 3 Y 4 anteriores se remiten al órgano judicial y al Gbte Jurídico.

 

¿A quién va dirigido?

A los organismos dependientes de la Junta de Andalucía que deban atender requerimientos de los órganos judiciales para de remisión de expedientes y/o documentos administrativos .

 

¿Cómo lo solicito?

Los usuarios remitentes de un organismo deberán dirigir sus peticiones a los administradores delegados de su organismo, mediante el medio de atención a usuarios que cada organismo haya dispuesto.

Las solicitudes para la gestión de los administradores delegados de un organismo deberán ser suscritas al menos por la persona titular de la unidad TIC de la Consejería o entidad y solicitarse a través de CEIS:  https://naossuite.juntadeandalucia.es/autoservicio/ 

El formulario para esta solicitud se encuentra en la sección Documentación.

 

Necesito soporte

Los usuarios remitentes de un organismo deberán dirigir sus peticiones a los administradores delegados de su organismo, mediante el medio de atención a usuarios que cada organismo haya dispuesto.

Los administradores delegados a su vez podrán solicitar soporte en CEIS: https://naossuite.juntadeandalucia.es/autoservicio/

 

Información adicional

Los perfiles de usuarios de la herramienta son los siguientes:

Administrador (DGTD)

  • Crea los organismos remitentes.
  • Crea usuarios administradores de los organismos.

Organismo remitente: Consejería, entidad, centro directivo con importante volumetría de remisión. No hay que confundir con organismo instructor del expediente.

Administrador Delegado de organismo remitente:

  • Crea los usuarios que remitirán los expedientes y/o documentos.
  • Crea la relación de posibles firmantes del “oficio de remisión”.
  • Recibe mensajes de correo electrónico informativos de las remisiones que realizan los usuarios.
  • Puede consultar la situación de una remisión, el histórico de remisiones y recabar los correspondientes justificantes.

Usuario remitente:

  • “Sube” el expediente electrónico, PDFs o documentación aislada e inicia la remisión.
  • Selecciona el firmante del oficio de remisión (de entre los previamente definidos para el organismo) y le “pone” el oficio a su firma, en la implantación de la herramienta Portafirmas de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior.
  • Recibe mensajes de correo electrónico informativos de las remisiones que realiza.
    • Puede consultar la situación de las remisiones que ha realizado y recabar los correspondientes justificantes.

 

Documentación

Formularios para solicitudes

Manuales

Fecha Título
07/10/2021 Manual de usuario