Información general

Guía rápida
La FNMT-RCM presta servicios de certificación electrónica para la Junta de Andalucía, también disponibles para las entidades de la Administración Local, las Diputaciones Provinciales, las Universidades Públicas, la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Defensor del Pueblo Andaluz y el Parlamento de Andalucía.
Los principales servicios son los siguientes:
- Acceso a la infraestructura de validación de certificados electrónicos emitidos por la FNMT-RCM.
- Constitución y gestión de oficinas de registro para certificados electrónicos de persona física.
¿En qué consiste?
Las administraciones públicas andaluzas pueden crear oficinas de registro de FNMT para la emisión de certificados de personas físicas a la ciudadanía.
Información sobre Oficinas de Registro y Registradores de la FNMT
El procedimiento de emisión de los certificados de empleado público se determinará por lo establecido en el art. 5 de la Orden de 6 de junio de 2024, por la que se regula la obtención y renovación, así como la utilización de la firma electrónica basada en el certificado electrónico de personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.
Resulta posible la realización delegada, por parte de las Diputaciones Provinciales, para los Ayuntamientos de su ámbito, de operaciones de registro de certificados electrónicos para las Administraciones Públicas derivados de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Para la emisión de este tipo de certificados por una entidad se requiere que éste disponga una oficina de registro y personal registrador habilitado para su emisión.
Oficinas de registro
La persona designada como Responsable de Operaciones de Registro (ROR) para las Consejerías de la Junta de Andalucía y entes instrumentales es una persona designada del Servicio de Administración Digital, de la Dirección General de Estrategia Digital de la Agencia Digital de Andalucía. Por tanto es a la citada Dirección General a la cual se deberá solicitar la realización de operaciones de gestión de Oficinas de Registro y personal registrador (altas, bajas, modificaciones), mediante los formularios y procedimientos establecidos, con la mediación de la persona de referencia en materia de personal designada en cada entidad.
Es responsabilidad de cada Consejería o entidad en la cual se ubiquen Oficinas de Registro, el mantenimiento y actualización de la ubicación de las oficinas y del personal registrador, debiéndose proceder a la realización de las oportunas solicitudes ante cambios de ubicación, bajas del personal, etc.
Para la emisión de certificados de Registradores de personas físicas se requiere contar con una oficina de registro activa y registradores con capacidad para generar este tipo de certificados. Los registradores deben pertenecer al servicio de personal de la entidad.
En caso de no disponer de una oficina de registro en el mismo edificio donde se ubique el servicio de personal de la entidad, deberá procederse a su alta.
¿A quién va dirigido?
Consejerías y entidades instrumentales de la Junta de Andalucía, entidades de la Administración Local, las Diputaciones Provinciales, las Universidades Públicas, la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Defensor del Pueblo Andaluz y el Parlamento de Andalucía.
¿Cómo lo solicito?
Gestión de Oficinas de Registro
La solicitud de Alta de una Oficina de Registro de Certificados Digitales consiste en lo siguiente:
a) En caso de que el organismo sea una de las Consejerías de la Junta de Andalucía o entes instrumentales, para solicitar el alta de una oficina de Registro de Certificados Digitales y dado que el Responsable de Operaciones de Registro (ROR) para estos organismos es una persona del Servicio de Coordinación de Administración Electrónica, se realizarán los siguientes trámites:
- Se deberá cumplimentar el formulario correspondiente, Mod 040, sin rellenar los datos correspondientes al ROR y sin firmar (formulario disponible para descarga en el apartado "Documentación").
- Se solicitará el alta de la oficina de registro mediante solicitud al sistema NAOS adjuntando el documento anterior. La petición se enviará al Servicio “Administración Electrónica” y Componente “Gestión registradores y certificados de representante” indicando en el asunto “Alta oficina de registro” desde la siguiente dirección identificándose con su usuario de correo electrónico.
- Desde la Dirección General de Estrategia Digital y Gobierno Abierto se realizará la oportuna actuación ante la FNMT-RCM.
b) Las demás entidades (por ejemplo, Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales y Universidades) deberán proceder a la designación de persona Responsable de operaciones de Registro mediante la tramitación, ante la FNMT-RCM, del Mod 020. Una vez designado, por su parte se realizarán directamente las oportunas solicitudes en materia de gestión de oficinas de registro ante la FNMT-RCM, teniendo a su disposición el servicio prestado a través de la dirección de correo electrónico registroceres@fnmt.es para lo relativo al procedimiento y formularios a utilizar.
La solicitud de baja de una Oficina de Registro consiste en lo siguiente:
En caso de solicitar la baja de una oficina se seguirá el mismo procedimiento anterior, cumplimentando el formulario correspondiente, Mod. 041 (formulario disponible en el apartado "Documentación"). En este caso se indicará en la petición NAOS el asunto “Baja oficina de registro”
Es responsabilidad de las Consejerías y entidades en las cuales se ubiquen las Oficinas la custodia del correspondiente ejemplar de los contratos suscritos por las personas titulares de los certificados electrónicos durante el plazo legal establecido (15 años) así como la remisión a la FNMT-RCM del ejemplar destinado a la misma.
Gestión de Registradores
Una vez se disponga de una oficina de registro en la dirección donde se encuentre el servicio de personal de la entidad, es necesario contar con registradores que tengan capacidad para emitir certificados de personas físicas.
Los registradores deben ser empleados públicos pertenecientes al servicio de personal de la entidad en la que prestan sus servicios y deben tener acceso al sistema de Recursos Humanos de la entidad a la que pertenece.
Para solicitar el alta de un registrador se realizarán los siguientes trámites:
- Cumplimentar el formulario Mod 070 sin rellenar los datos correspondientes al ROR. Este formulario no debe ser firmado (formulario disponible en el apartado "Documentación").
- Cumplimentar el formulario Mod 001. Este formulario debe remitirse firmado digitalmente por la persona para la cual se solicita el alta (formulario disponible en el apartado "Documentación").
Se solicitará el alta del registrador mediante solicitud al sistema NAOS adjuntando los dos documentos anteriores. La petición se enviará al Servicio “Administración Electrónica” y Componente “Gestión registradores y certificados de representante” indicando en el asunto “Alta Registrador/a persona física” desde la siguiente dirección identificándose con su usuario de correo electrónico:
https://naossuite.juntadeandalucia.es/autogestion
Desde la Dirección General de Estrategia Digital se realizará la oportuna actuación ante FNMT-RCM.
El proceso de alta de un registrador requiere de la superación de una formación online proporcionada por el prestador FNMT-RCM de la cual deberá aportar certificado de superación para proceder a su alta. Este certificado de superación deberá adjuntarse a la petición NAOS realizada anteriormente para continuar con el proceso de alta como registrador.
En caso de solicitar la baja de un Registrador/a se seguirá el mismo procedimiento anterior, cumplimentando el formulario correspondiente, Mod. 071 (formulario disponible en el apartado "Documentación"). En este caso no se requiere aportar el Mod 001. En este caso se indicará en la petición NAOS el asunto “Baja registrador/a”.
En caso de solicitar el cambio de Oficina de un registrador, se seguirá el mismo procedimiento anterior, cumplimentando el formulario correspondiente, Mod. 072 (formulario disponible en el apartado "Documentación"). En este caso no se requiere aportar el Mod 001. En este caso se indicará en la petición NAOS el asunto “Cambio Oficina registrador”.
Las demás entidades (por ejemplo, Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales y Universidades) habrán procedido previamente a la designación de persona Responsable de Operaciones de Registro propia, por lo que la tramitación del Mod 070, Mod 071 y Mod 072 lo harán directamente ante la FNMT-RCM, teniendo a su disposición el servicio prestado a través de la dirección de correo electrónico registroceres@fnmt.es para lo relativo al procedimiento.
Gestión de certificados de Representante de Persona Jurídica
La información para la obtención del certificado de representante de persona jurídica de la FNMT- RCM está disponible en la siguiente dirección: https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/persona-juridica
Este certificado habilita a la persona a nombre de quien se expide para poder realizar cualquier gestión en nombre de la Administración a la que representa, en el ámbito de sus competencias, según sea expedido en representación de la Junta de Andalucía o cualquiera de sus Agencias o Entidades. Por tanto, sólo debe expedirse a nombre de quien tenga otorgada la competencia o responsabilidad de la realización de un determinado trámite.
El proceso de obtención del certificado de representante de persona jurídica consta de los siguientes pasos:
1. Solicitud vía Internet del certificado. En este paso deberán utilizarse direcciones de correo electrónico corporativo
2. Acreditación de la identidad en una Oficina de Registro de la AEAT.
3. Solicitud de pago a la Dirección General de Política Digital.
3. a) La persona adscrita a la unidad TIC de la Consejería o entidad que dé servicio a la persona para la cual se solicita el certificado deberá crear una incidencia en la herramienta informática de gestión de incidencias NAOS disponible en la web de soporte de administración electrónica de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente ruta: servicio "N4 SOPORTE TÉCNICO ESPECIALIZADO" y el componente "N4 Gestión de Registradores".
3.b) En el texto de la incidencia (solicitud de servicio), se deberá indicar la dirección de correo electrónico corporativo que se haya utilizado para el paso 1, el Código de Solicitud obtenido y el NIF de la persona jurídica para el cual se solicita el certificado.
3.c) A la incidencia (solicitud de servicio) se deberá adjuntar la siguiente documentación: Formulario firmado por la persona titular de la Secretaría General Técnica o centro directivo equivalente en el caso de otras Entidades, en el cual se indiquen los motivos de la solicitud del certificado y los usos previstos para el mismo, así como los datos de la persona para la cual se solicita (NIF, nombre y apellidos, dirección de correo electrónico, puesto de trabajo o cargo).
4. Descarga del certificado.
Al igual que en el anterior certificado, el órgano al que esté adscrita la persona para la cual se solicita el certificado (o el que le sustituya en situaciones de reestructuración orgánica) es responsable de gestionar ante la FNMT-RCM su revocación cuando la persona vaya a dejar de utilizar el certificado por cualquier motivo.
Para la renovación de certificados, se aplicará el mismo proceso indicado en el punto tercero.
Para la revocación de certificados, se deberá solicitar via NAOS a través de la ruta expuesta en el apartado 3.a) aportando el formulario "Solicitud revocación certificado de representante de persona jurídica" disponible en la zona de documentación, que deberá estar firmado por la persona titular de la Secretaría General Técnica o centro directivo equivalente en el caso de otras Entidades.
Para más información, en el apartado "Documentación", está disponible para su descarga la Instrucción 2/2016 de 10 de noviembre, de la Dirección General de Política Digital sobre el procedimiento de solicitud de certificados de representante de persona jurídica de la FNMT-RCM para las Consejerías y Entidades de la Junta de Andalucía incorporadas a la factura electrónica.
Necesito soporte
Para la atención de dudas, consultas, incidencias, gestiones, etc. relativas a la prestación de servicios, está disponible, tanto para la Junta de Andalucía como para las entidades adheridas, correspondiente apartado del servicio de Certificados de FNMT, pueden generar un ticket de incidencia a través de la siguiente ruta: servicio "N4 SOPORTE TÉCNICO ESPECIALIZADO" - componente "N4 Gestión de Registradores".
Documentación
Gestión de oficinas de registro
Fecha | Título |
---|---|
20/08/2024 | Orden de 6 de junio de 2024 (Obtención y renovación de certificados del personal de la Junta de Andalucía) |
06/04/2020 | Modelo de acuerdo de encomienda de gestión |
30/03/2020 | Modelo 001 |
30/03/2020 | Modelo 020 |
30/03/2020 | Modelo 040 |
30/03/2020 | Modelo 041 |
30/03/2020 | Modelo 070 |
30/03/2020 | Modelo 071 |
30/03/2020 | Modelo 072 |
02/11/2016 | Instruccion Solicitud de certificados de representante de persona jurídica |
31/10/2016 | Solicitud obtención certificado de representante de persona jurídica |
31/10/2016 | Solicitud revocación certificado de representante de persona jurídica |
20/02/2015 | AC FNMT Usuarios. Manual de Registro |