Información general
Ámbito de aplicación de la cláusula PPT
Tiene por objeto garantizar el uso corporativo de los sistemas, herramientas, infraestructuras, contratos y acuerdos declarados como tal. Revisiones destinadas a homogeneizar y normalizar las metodologías y herramientas TIC empleadas en la Junta de Andalucía.
Solo obligatoria para licitaciones de contratos de servicios de desarrollo software de la Agencia Digital de Andalucía que guarden relación con la administración Electrónica (ley 39/2015) si afectan a la gestión electrónica de procedimientos administrativos, así como en los casos en los que el organismo contratante ejerza potestades administrativas.
Cláusula a incluir en los PPT
REDISEÑO FUNCIONAL Y SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Con carácter general se deberá tener en consideración que la aplicación de medios electrónicos a la gestión de los procedimientos será precedida de la realización de un análisis de rediseño funcional y simplificación, en el marco del objetivo de simplificación de los procedimientos administrativos que persigue la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo dispuesto en su artículo 75.2 y en el artículo 37.1 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración digital, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía y sus desarrollos normativos.
Para ello se considerarán especialmente los criterios de simplificación y agilización establecidos en el artículo 6 del citado Decreto, así como el Manual y las herramientas para simplificación de procedimientos y agilización de trámites regulados en artículo 13.
El Manual de Simplificación Administrativa y Agilización de Trámites de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Orden de 22 de febrero de 2010 (BOJA núm. 52 de 17 de marzo) está disponible en la siguiente dirección:
Versión actual
Número de versión: v01r00
Fecha de aprobación: 20/09/2024